
El Ayuntamiento obliga a encerrar en casa a los animales en celo y a cambiar las persianas si lo considera oportuno.Foto: d.n.a.
a partir de ahora, dar un portazo un mal día, a partir de las 22.00 horas, en Baños de Ebro, le costará al autor 60 euros. Y como se le ocurra dar un segundo portazo, la multa ascenderá a un mínimo de 751, porque pasará a ser una infracción grave por reincidencia. Son las consecuencias de tener que vivir con una insólita normativa que se acaba de aprobar y que entrará en vigor la próxima semana en esa localidad. Se llama ordenanza municipal sobre comportamiento cívico y reguladora del uso, ocupación y limpieza de la vía pública. Y llama aún más la atención porque Baños de Ebro es un pueblo limpio, ordenado y con un alto grado de convivencia entre sus vecinos.
La cuestión es que al Pleno del Ayuntamiento le pareció bien establecer unas pautas de comportamiento para ir más allá en la garantía del respeto a los derechos de la mayoría. Por ello, desarrolló "unas bases para una utilización racional y ordenada de los espacios públicos urbanos". "Es necesario -señala el preámbulo de la ordenanza- que el espíritu cívico se inculque desde niños y que todos nos preocupemos de practicarlo, para hacer que nuestra ciudad sea cada día más limpia, más hermosa y de más agradable convivencia".
Con ese propósito, el título I de la ordenanza desarrolla cuál debe ser el comportamiento en la vía pública: todo está para disfrutarlo con libertad, pero con civismo. Así, se exige respeto y limpieza del mobiliario urbano y de los espacios públicos y se prohíbe arrancar los bancos del suelo, arrojar desperdicios, chicles o pipas fuera de las papeleras, así como volcarlas. También se prohíbe arrojar a las papeleras las jeringuillas usadas, drogas y productos químicos, radioactivos, pirotécnicos, explosivos o incendiarios.
Hay más. Las conducciones de riego, las fuentes, los árboles, las farolas y estatuas y cualquier otro elemento decorativo o funcional deben ser respetados y los animales no podrán beber de las fuentes destinadas al consumo humano.
a jugar a la era Hasta ahí, son normas generales de comportamiento cívico. Pero la ordenanza fija prohibiciones específicas. Por ejemplo, en las calles y plazas no se podrá jugar con un balón, ni lanzar discos voladores, por muy infantiles que sean, que puedan molestar a alguien. También se prohíbe el uso de petardos y bengalas y los tiestos y jardineras deberán estar sujetos por elementos propios del edificio.
El rizo de la ordenanza se logra con la limitación de ruidos. Además de la obviedad de prohibir que las motos y ciclomotores marchen por las aceras y las zonas peatonales, se establece que "no está permitido cerrar puertas y ventanas estrepitosamente", ni cantar a partir de las 22.00 horas, ni mover los muebles. Los animales en celo, además, deberán estar encerrados en un cuarto donde no molesten. Por si fuera poco, cuando el canario o cualquier otro animal moleste a alguien, deberá ser retirado. Sea cual sea la hora.
Esta nueva normativa de Baños de Ebro se detiene en otros muchos aspectos de la vida cotidiana, como el comportamiento en parques y jardines, de donde las parejas tendrán que sacar sus coches a una hora prudente; o la prohibición de la mendicidad "de los menores".
El título II se centra en la limpieza de la vía pública y se pormenoriza el papel que cada uno juega, incluso la obligación de cambiar los toldos y persianas "cuando lo requiera su aspecto externo". El título III se dedica a la limpieza exterior de los inmuebles, a cuyos propietarios el Ayuntamiento obligará a estucar paredes o pintar verjas que no estén en debidas condiciones.
El título IV regula la ocupación y uso de la vía pública, donde se ha previsto, incluso, el rodaje de películas que "se realizará en los lugares, horario y condiciones que determine la licencia".
La exhaustiva relación de actitudes prohibidas se cierra, como es lógico, con un régimen sancionador, que contempla multas económicas y trabajos voluntarios. Las primeras siguen una escala de leves (de 60 a 750 euros de multa), graves (de 751 a 1.500 euros) y muy graves (de 1.501 a 3.000 euros), con el agravante de que la reincidencia en una falta leve se convierte en grave. Eso sí, todas estas sanciones se pueden redimir mediante trabajos voluntarios al servicio de la comunidad.
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