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Nuevas medidas de recorte

El Gobierno permite despedir con ERE a empleados públicos, excepto a funcionarios

Ayuntamientos y empresas podrán aplicar la medida si ven reducidos sus presupuestos

Unos 840.000 trabajadores, entre contratados laborales y dependientes de las firmas públicas, dependende la medida

efe - Miércoles, 8 de Agosto de 2012 - Actualizado a las 05:14h

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Rajoy habla en su comparecencia en La Moncloa.

Rajoy habla en una comparecencia en La Moncloa. (Foto: Fernando Alvarado)

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Madrid. El Gobierno deja abierta la posibilidad de aplicar despidos colectivos del personal laboral en las Administraciones Públicas por causas económicas cuando tengan problemas de financiación o insuficiencia presupuestaria. La aplicación de estos expedientes de regulación de empleo (ERE) afectarían a contratados laborales y a trabajadores que dependen de las empresas públicas, los cuales no tienen el rango ni de funcionario ni de contratados laboral. Según el reglamento que desarrolla la reforma laboral, se entiende como insuficiencia presupuestaria que la aportación a la entidad correspondiente, en este caso a los ayuntamientos o a las empresas públicas, disminuya al menos un 10% respecto al ejercicio anterior, aunque deja abierta la puerta a otros supuestos que no precisa.

La reducción de personal en la Administración afectaría a unos 840.000 personas en el Estado, y quedarían exentos los tres millones de funcionarios. El texto del reglamento, que Empleo ha enviado a los sindicatos para que hagan sus aportaciones, señala que se entenderá que existe insuficiencia presupuestaria en cuatro casos "entre otros".

cuándo se producirá Según esos supuestos, concurrirán causas económicas cuando las subvenciones nominativas del Ministerio, consejería, entidad local, ente u organismo hayan disminuido al menos un 10 % respecto al ejercicio anterior.

También cuando las transferencias de capital correspondientes a dichas entidades o cuando la aportación presupuestaria al convenio o al contrato programa que tuviera concertado el ente, organismo o entidad, hayan disminuido igualmente al menos ese mismo porcentaje. Y se entiende que habrá causa económica de despido cuando se haya adoptado un "acuerdo de no disponibilidad" que afecte a dichos organismos.

CCOO y UGT han criticado que la relación de supuestos concretos se deje abierta al decir "al menos y entre otros" los cuatro casos que se citan en el texto. Además, entienden que para determinar la "insuficiencia" el presupuesto debería disminuir a partir de un 30% o un 40%, "nunca el 10 %".

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