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Tras cuatro años de deliberaciones, es aprobado por 6 votos a 4 y no declara inconstitucional el término nación
EFE - Lunes, 28 de Junio de 2010 - Actualizado a las 20:01h
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Imagen de la sede del Tribunal Constitucional (EFE)
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MADRID. El pleno del Tribunal Constitucional ha aprobado hoy por seis votos a cuatro la sentencia sobre el Estatuto de Cataluña, que avala la mayoría de los artículos impugnados por el PP, han informado fuentes del tribunal.
La aprobación de la sentencia en el pleno de hoy ha sido posible después de que la presidenta del TC, Maria Emilia Casas, introdujera a última hora varias modificaciones en su ponencia con el objeto de atraerse el voto de varios magistrados hasta ahora reticentes a la aprobación del texto.
Finalmente, el pleno ha llevado a cabo una votación por bloques: preámbulo -aprobado por 6 votos a 4-, artículos inconstitucionales -8 a 2-, artículos constitucionales -6 a 4- y artículos sometidos a interpretción -también 6 a 4-.
Los cuatro magistrados que redactarán votos particulares son Ramón Rodríguez Arribas, Jorge Rodríguez Zapata, Vicente Conde y Javier Delgado, todos ellos pertenecientes al sector conservador.
De este modo, la presidenta, con los cambios introducidos en su ponencia, ha logrado atraerse el respaldo del progresista Manuel Aragón y del conserador Guillermo Jiménez, que han unido sus votos al de la propia Casas y los también progresistas Elisa Pérez Vera, Eugeni Gay y Pascual Sala.
El tribunal notificará hoy mismo el fallo a las partes personadas.
El PP presentó su recurso de inconstitucionalidad contra el Estatut el 31 de julio de 2006, hace ya casi cuatro años, aunque el tribunal no comenzó a deliberar sobre el fondo del asunto hasta principios de 2008.
A VUELTAS CON EL TÉRMINO NACIÓN
El Tribunal Constitucional no declara inconstitucional la definición de Cataluña como nación que figura en el preámbulo del Estatut, aunque recalca que no es vinculante en ningún caso.
El TC no declaró como inconstitucional esta parte del texto al considerar que el preámbulo en ningún caso es jurídicamente vinculante.
Pese a ello, remarca la indisoluble unidad de España como nación, apelando a la Constitución española.
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